Suspensión cautelar de licencias en zonas "M" en Palma.

Nº Noticia: 6200

Fecha de Noticia: 23/07/2009

Subtema: Ord. Territorio y M. Ambiente

El BOIB número 106 de 23-07-2009 publica acuerdo de 29 de junio de 2009 relativo a la SUSPENSIÓN CAUTELAR DEL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE EDIFICACIÓN con el objeto de iniciar la modificación del artículo 139 de PGOU de Palma, relativo a las condiciones particulares de las zonas M.

Esta suspensión afecta a los proyectos que superen algún de los siguientes parámetros:

- El número de plantas máximo es de 3, excepto al Polígono de Levante, que es de 2;

- La edificabilidad máxima depende del sector o polígono, según los cuadros adjuntos;

- Los usos son los que se indican al cuadro adjunto para todos los casos.

Los ámbitos afectados por esta suspensión son los siguientes:

- Suelo urbano:
Polígono de Son Castelló
Polígono de C’an Valero
Polígono de Cals Enegistes

- Suelo urbanizable programado:

SUP 32-01 Son Valentí
SUP 74-01 Polígono de Levante
SUP 52-01 Son Ruiseñor
SUP 69-01 Son Morro
SUP 80-01 Son Olmos

- A suelo urbanizable no programado:

SUNP 32-02 Caso Pastores

Esta suspensión cautelar de licencias se establece por el plazo máximo de un año y finalizará antes si se produce la aprobación inicial de la mencionada modificación.

Se adjunta a continuación un resumen de la aplicabilidad de los parámetros mencionados, como también el acuerdo publicado con los correspondientes cuadros y planos de situación de los diferentes ámbitos afectados por la suspensión de licencias.

Para más información se pueden dirigir a la Oficina de Información Urbanística (OIU). Tel.: 971 22 86 70 - Fax: 971 72 04 63 - oiupalma@coaib.es - www.coaib.es

Anexos