Recordatorio sobre obligaciones de los peritos judiciales
Nº Noticia: 6416
Fecha de Noticia: 22/12/2009
Subtema: Información AAEPF
El hecho de comunicar el cargo ostentando en la Administración Pública obedece a que cada uno recuerde sus obligaciones en lo referente a la Ley de Incompatibilidades, y el régimen de incompatibilidades a que pudiera estar sometido cada uno específicamente en virtud de su relación profesional con las Administraciones Públicas.
Entendemos que todo ello es a fin y efecto de:
1.- Evitar que en la intervención como perito, ya sea judicial, de Hacienda o de Inspección Técnica de Edificios, se produzca un "conflicto de intereses".
2.- Consecuentemente, evitar que, a alguno de los Agrupados se les "tachara" por ello.
3.- Tener la suficiente "disposición" y calidad profesional, transparencia y cumplimiento de la deontología profesional.
En consecuencia, la función de la Junta Directiva de la AAEPF, no consiste tanto en "fiscalizar" ni "aleccionar" a nadie, ni tampoco de responsabilizarnos de la actuación de todos y cada uno de nuestros Agrupados, sino de dar soporte y ayuda mediante este recordatorio acerca de estos temas. Al fin y al cabo, ya se supone que en todas sus actuaciones, el perito se hace responsable de sus manifestaciones y en su caso, hace una específica "declaración de tachas" donde se infroma de su situación personal. Es decir, es el propio perito que en cada actuación concreta ha de saber ver y evitar la incompatibilidad.
Por otra parte, desde la Junta Directiva de la Agrupación de Peritos os queremos desear que disfrutéis de unas felices fiestas de Navidad, y que el año que viene sea mejor que el que estamos acabando de pasar.