Firma del promotor en la comunicación de encargo y cumplimentación de la LOPD.

Nº Circular: 3 / 08

Fecha Circular: 21/04/2008

Nº Noticia: 4851

Fecha de Noticia: 16/04/2008

Subtema: Visado

A los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica 15/99 de protección de datos de carácter personal (LOPD), la Junta de Gobierno del COAIB, en sus sesiones de fecha 10 de julio y 18 de diciembre de 2007, y 8 de abril de 2008, adoptó el acuerdo de incorporar la firma del cliente o promotor en las comunicaciones de encargo, cuya exigencia será obligatoria a partir del 19 de mayo de 2008, dando lugar al correspondiente reparo en caso de omisión.

La nueva versión (3.0.8) del GenDoc para el visado convencional y para el visado electrónico permite incorporar la firma del promotor en dicho documento. (Veánse las notícias 5188 y 5228). La distribución de la nueva versión se ha iniciado en el transcurso de las Jornadas de Formación y Entrega del Programa realizadas en la Oficina de Visado de Manacor, con carácter inicial, el 12 de marzo y en todas las demás Oficinas entre el 14 y el 18 de abril.

A partir inclusive del 21 de abril estará disponible en todas las Oficinas de Visado para su entrega gratuita a los colegiados.

Se adjunta el nuevo modelo de comunicación de encargo, que sustituye a los impresos antiguos, y que está disponible en www.coaib.es, en la sección de Visado/Impresos para visar/Documentos administrativos generales.

Anexos