Visado: documento "Estudio Geotécnico" anexo al proyecto.

Nº Circular: 9 / 07

Fecha Circular: 06/06/2007

Nº Noticia: 4385

Fecha de Noticia: 06/06/2007

Subtema: Visado

La Junta de Gobierno del COAIB, en sesión de día 28.05.07 acordó, al objeto de hacer viable el visado telemático de los "Proyectos de Ejecución" o "Proyectos Básicos y Ejecución" de obras afectadas por las exigencias del Código Técnico de la Edificación (*), exigir la inclusión en la documentación del proyecto a visar, de un documento anexo al mismo, denominado "Estudio Geotécnico", redactado y firmado por el autor de dicho proyecto, en el que además de indicar los datos generales del proyecto, se dejará constancia de que a efectos del visado del proyecto y de su incorporación en el mismo, el arquitecto posee una copia del Estudio Geotécnico facilitado por el Promotor, en el que se indica: el nombre del técnico que lo suscribe, la Empresa, el número de visado y su fecha, así como el Colegio Oficial del técnico firmante, adjuntando como acreditación, una copia de las conclusiones del Estudio Geotécnico y de sus datos generales.

Este nuevo procedimiento será de aplicación tanto en el visado de expedientes en soporte documental como en el proceso de visado electrónico, ya sea telemático o en soporte CD.

(*) NOTA: RD 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
El anexo I de la parte I del CTE que define el contenido del proyecto de edificación, requiere que el proyecto justifique la sustentación del edificio y se adjunte a la memoria la información geotécnica.
Paralelamente, el DB SE-C requiere en su art. 3.1, que el informe geotécnico debe estar redactado por un técnico competente con su preceptivo visado colegial.

Anexos