Aclaración de la cumplimentación de prescripciones de la aprobación definitiva de la Modificación de las Normas Urbanísticas del PGOU de Palma.
Nº Noticia: 3120
Fecha de Noticia: 25/04/2005
Subtema: Ord. Territorio y M. Ambiente
Respecto de este documento y a partir de las consultas formuladas, se ha detectado la necesidad de hacer una aclaración relativa a la cumplimentación de la prescripción 46, a partir de la cual se suprimió del texto refundido provisional de la OIU la sección séptima del capítulo Y del título X sobre la dotación de servicios a la edificación. En este sentido, resulta conveniente señalar que el contenido de esta sección mantiene su vigencia en virtud de la disposición transitoria primera del mismo texto refundido, razón por la cual se tendría que reincorporar temporalmente en el mencionado documento, y que mantendrá su vigencia hasta la aprobación de las ordenanzas municipales previstas, entre las cuales resulta importante destacar la correspondiente a Energía y Agua, teniendo que recordar que también resultan de aplicación los reglamentos municipales de abastecimiento de agua potable y sobre el uso de alcantarillado, ambos publicados en el BOIB nº. 115 de 24.09.02.
Remarcar con respecto a la dotación de agua potable (artículo 428.3) que la disposición de un aljibe de reserva queda supeditada a la emisión del informe de EMAYA sobre la suficiencia de presión en la red general de suministro, que variará según sea el emplazamiento del edificio y que también estará en función de la tipología y número de plantas.
En archivo disponible a través de www.coaib.es se reproduce el contenido de la expresada normativa que se debería incorporar temporalmente al Texto Refundido de las NU del PGOU de Palma elaborado por la OIU, según su redacción correspondiente al PGOU '98 (TR 2000).
Para más información pueden dirigirse a la Oficina de Información Urbanística (OIU) del COAIB (Portella 14 - 07001 Palma). Tel.: 971 22 8 6 70 -Fax: 971 72 04 63 - Correo electrónico: oiupalma@coaib.es - www.coaib.es