Ley 1/2005, de 3 de marzo, reforma de la Ley 12/1998, de 21 diciembre, de patrimonio histórico de las Islas Baleares.
Nº Circular: 7 / 05
Fecha Circular: 04/04/2005
Nº Noticia: 3076
Fecha de Noticia: 30/03/2005
Subtema: Legal y Fiscal
Esta Ley establece un nuevo plazo para que los ayuntamientos que aún no tengan aprobados definitivamente los Catálogos de Protección del Patrimonio Histórico, pueden tramitar modificaciones puntuales de planeamiento general.
Con esta norma se añade una nueva Disposición Transitoria Tercera a la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, de patrimonio histórico de las Islas Baleares, fijando el nuevo plazo que finalizará el próximo 1 de enero de 2006, a partir del cual la formación del Catálogo de Protección del Patrimonio Histórico deberá tramitarse de forma conjunta con la primera modificación o revisión del instrumento de planeamiento general que se redacte.
Es preciso recordar que el plazo inicialmente establecido para la Ley 12/1998 fue de dos años que ya había sido ampliados, por dos años más, mediante la Disposición Adicional Segunda de la Ley 11/2002, de 23 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas, plazo que finalizó el pasado 1 de enero de 2005.
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