RECORDATORIO: Firma del promotor en la comunicación de encargo y cumplimentación de la LOPD

Nº Circular: 5 / 08

Fecha Circular: 29/05/2008

Nº Noticia: 5324

Fecha de Noticia: 28/05/2008

Subtema: Visado

Les recordamos que a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica 15/99 de protección de datos de carácter personal (LOPD), la Junta de Gobierno del COAIB, en sus sesiones de fecha 10 de julio y 18 de diciembre de 2007, y 8 de abril de 2008, adoptó el acuerdo de incorporar la firma del cliente o promotor en las comunicaciones de encargo, cuya exigencia ya es obligatoria desde el 19 de mayo de 2008, dando lugar al correspondiente reparo en caso de omisión.

La nueva versión (3.0.8) del GenDoc para el visado convencional y para el visado electrónico permite incorporar la firma del promotor en dicho documento. (Veánse las notícias 5188 y 5228). La distribución de la nueva versión se inició en el transcurso de las Jornadas de Formación y Entrega del Programa realizadas en la Oficina de Visado de Manacor, con carácter inicial, el 12 de marzo y en todas las demás Oficinas entre el 14 y el 18 de abril.

Desde el 21 de abril estará disponible en todas las Oficinas de Visado para su entrega gratuita a los colegiados.

Se adjunta el nuevo modelo de comunicación de encargo, que sustituye a los impresos antiguos, y que está disponible en www.coaib.es, en la sección de Visado/Impresos para visar/Documentos administrativos generales. Asimismo se adjunta breve guión del procedimiento a seguir en el visado telemático.

Anexos