Suspensión de licencias en Sant Joan (Mallorca)
Nº Noticia: 4522
Fecha de Noticia: 25/07/2007
Subtema: Ord. Territorio y M. Ambiente
a) En suelo urbano calificado como casco urbano o centro histórico el solar mínimo edificable será de 100 metros cuadrados y el índice de intensidad de uso será una vivienda por cada 100 metros cuadrados de solar;
b) En suelo urbano calificado como intensivo o con cualquier otro calificación el solar mínimo edificable será de 200 metros cuadrados y el índice de intensidad de uso será una vivienda por cada 200 metros cuadrados de solar;
c) Los solares urbanos con una pendiente superior al 10% serán inedificables;
d) Queda suspendido el otorgamiento de licencias por locales comerciales o por despachos.
Se adjunta a esta circular el texto del edicto publicado.
Para más información pueden dirigirse a la Oficina de Información Urbanística , OIU (Portella 14, 3º Planta). Tel.: 971 22 86 70 - Fax: 971 72 04 63 - Correo electrónico: oiupalma@coaib.es - www.coaib.es.