AVISO IMPORTANTE - Cédulas de Habitabilidad
Nº Circular: 1 / 06
Fecha Circular: 10/02/2006
Nº Noticia: 3461
Fecha de Noticia: 27/01/2006
Subtema: Visado
No se deben olvidar las graves consecuencias que se pueden derivar de estas prácticas. Desde el COAIB, se quiere reiterar una vez más este recordatorio, en relación a la estricta observancia y cumplimiento de los preceptos legales y deontológicos del ejercicio de nuestra profesión.
Finalmente, recordar muy especialmente que, según el artículo 12 del Decreto 145/1997, de 21 de diciembre, por el que se regulan las condiciones de medición, higiene e instalaciones para el diseño y la habitabilidad de viviendas así como la expedición de cédulas de habitabilidad (BOIB nº 151 de 06.12.1997 y corrección de errores en la versión catalana en el BOIB nº 14 de 29.01.98), disponible en el Dossier COAIB, faculta a los servicios técnicos del correspondiente Consell Insular a INSPECCIONAR, COMPROBAR y, en todo caso, CERTIFICAR las condiciones requeridas en cada caso, asó como VERIFICAR SU CONFORMIDAD de acuerdo con el tipo de cédula solicitado.
Para cualquier información adicional pueden dirigirse a la Oficina de Información Urbanística de la Demarcación Mallorca del COAIB (Portella 14 - 3º Planta) Tel.: 971 22 86 70 - Fax: 971 72 04 63 - Correo electrónico: oiupalma@coaib.es - www.coaib.es